AUTORIZACION SALIDA DE MENORES DE EDAD


LOS RESIDENTES EN LOS ESTADOS DE VICTORIA, WESTERN AUSTRALIA, SOUTH AUSTRALIA, NORTHERN TERRITORIES Y TASMANIA, DEBEN HACER EL TRAMITE ANTE LA OFICINA CONSULAR DE LA EMBAJADA DE COLOMBIA EN CANBERRA:

EMBAJADA DE COLOMBIA

LEVEL 2, 161 LONDON CCT
CPA BUILDING
ACT 2601

TEL: (02) 6230 4203
       (02) 6230 4206
FAX: (02) 6230 4209

embassyofcolombia@bigpond.com
consul.canberra@bigpond.com

PO BOX
227 CIVIC SQ POSTSHOP
ACT 2608

EL VALOR DEL TRAMITE SE DEBE CONSIGNAR EN LA SIGUIENTE CUENTA:

NOMBRE DE LA CUENTA: EMBASSY OF COLOMBIA/CONSULAR SERVICES
BANCO: WESTPAC BANK
BSB 032 729
No. Cuenta: 204354

  • Es importante que su nombre quede registrado en la consignación.
  • LOS RESIDENTES EN NEW SOUTH WALES, QUEENSLAND Y NUEVA ZELANDA, DEBEN REALIZAR EL TRAMITE ANTE EL CONSULADO EN SYDNEY. EL PAGO LO DEBEN CONSIGNAR EN LA SIGUIENTE CUENTA CORRIENTE:

    NOMBRE DE LA CUENTA: CONSULATE OF COLOMBIA
    BANCO: NATIONAL BANK - BRANCH NORTH SYDNEY
    BSB 082-401
    No. Cuenta: 57-461-7245

  • Es importante que su nombre quede registrado en la consignación.
  • Usuarios en Nueva Zelanda deben hacer el giro a través del Bank of New Zealand
  • NOTA: DEBE ASEGURARSE DE HACER LA CONSIGNACION POR EL VALOR EXACTO DE LA ACTUACION Y REALIZAR EL TRAMITE DENTRO DE LOS 30 DIAS SIGUIENTES A LA CONSIGNACION. DESPUES DE ESA FECHA NO SE HARA NINGUN REINTEGRO O DEVOLUCION DEL DINERO.

    DIRECCION CONSULADO EN SYDNEY
    Suite 2, Level 12
    100 Walker Street
    North Sydney NSW 2060
    AUSTRALIA

    TEL: (02) 9955 0311 - Ext: 221


    NUEVO CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA ESTABLECE INFORMACION ADICIONAL PARA LA SALIDA DE MENORES DEL PAIS.

    El 8 de mayo de este año entró en vigencia la Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, que en artículo 110 parágrafo 1 dice textualmente:
    Cuando un niño, una niña o un adolescente vaya a salir del país con uno de los padres o con una persona distinta a los representantes legales deberá obtener previamente el permiso de aquel con el que no viajare o el de aquellos debidamente autenticado ante notario o autoridad consular. La Ley exige además esta nueva información: DICHO PERMISO DEBER CONTENER EL LUGAR DE DESTINO, EL PROPOSITO DEL VIAJE Y LA FECHA DE SALIDA E INGRESO DE NUEVO AL PAIS.

    EL DAS agradece a los padres de familia y a las agencias de viaje su colaboración, complementado estos nuevos datos exigidos por la ley en las autorizaciones para salida de menores del país; la que sólo busca protegerlos. La información completa sobre los requisitos para salida del país de menores está en nuestra página. www.das.gov.co Bogotá Junio 12 de 2007

    REQUISITOS

  • Diligenciar completamente el Modelo de Autorización de salida de menores, dirigido al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), con su firma autenticada en el Consulado correspondiente y con su huella tomada en estas oficinas.
  • Original y copia Cédula de ciudadanía (para los ciudadanos colombianos)o pasaporte ó Licencia de conducir para los ciudadanos extranjeros (original y copia)
  • La firma del funcionario consular debe ser avalada en la Oficina de Apostilla y Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, ubicada en la Transversal 17 No.98-45 en Bogotá. Teléfono: (571) 5251836 ó 6359838/6
  • NOTA 1. La carta debidamente autenticada, debe ser enviada por el padre o madre del menor, a la persona que va a viajar con ese niño o niña, para que las autoridades de emigración del DAS del aeropuerto por el cual van a salir de Colombia constaten que se trata de un menor que sale del país debidamente autorizado y protegido. El DAS le exigirá la presentación de un registro civil de nacimiento original y reciente.
    2. Recuerde que el permiso de salida de menor tiene una vigencia de dos (2) meses contados a partir de la fecha en la que se hace el reconocimiento de firma en el Consulado.
    COSTO La autenticación de la firma tiene un costo de AU$45.00

    Consignar en la cuenta del Consulado y presentar el comprobante original de la consignación (no se aceptan fotocopias). Es importante que su nombre quede registrado en la consignación.

    Si a usted no le es posible presentarse personalmente con éste documento y su identificación en la Oficinas del Consulado, debe dirigirse a un Notario Público de su localidad, a fin de autenticar su firma. Luego debe presentar el documento firmado por el Notario en la Oficina de Legalizaciones del Deparment of Foreing Affairs & Trade en su ciudad, para que allí le coloquen al documento el sello de la Apostilla "The Apostille".

    Con el sello de la Apostilla el documento tiene validez legal en Colombia, NO tiene que presentarlo al Consulado.

  • La información sobre Notarias en Australia, la encuentra en la página www.notarylocator.com.au.
  • La información sobre del Department of Foreign Affairs & Trade, las encuentra en la página www.dfat.gov.au link "Contacts Us" click "Austalian State and Territory Offices".
  • Para los residentes en Nueva Zelandia deben dirigirse a:

    Authentications Officer:
    - Email: authentication@ministers.govt.nz
    - Website: Document Authentication page on Department of Internal Affairs website www.dia.govt.nz (on the DIA website - you can use the search word authentication).

    Luego el documento debe presentarse ante el Department of Foreign Affairs para obtener el sello de la Apostilla, "The Apostille".