REGISTRO UNICO TRIBUTARIO - RUT


En el documento anexo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) señala "el procedimiento que deben adelantar las personas naturales residentes en el exterior para la inscripción, actualización y cancelación en el Registro único Tributario, nuevo y único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN." En el numeral 3.5 Inscripción en el Registro Único Tributario de personas naturales residentes en el exterior de la Circular citada , la DIAN instruye, paso a paso, cómo se debe surtir el procedimiento de diligenciamiento y recepción por parte del contribuyente y del Consulado, respectivamente.

Cualquier consulta sobre el tema, deben elevarla a la Subdirección de Recaudación de la DIAN, teléfonos: 607 92 23, 607 92 24, 607 80 83 y 607 94 89.

PROCEDIMIENTO QUE DEBEN ADELANTAR LAS PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN EL EXTERIOR PARA LA INSCRIPCIóN, ACTUALIZACION Y CANCELACIóN EN EL NUEVO Registro Unico Tributario