REGISTRO UNICO TRIBUTARIO - RUT
En el documento anexo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) señala "el procedimiento que deben adelantar las personas naturales residentes en el exterior para la inscripción, actualización y cancelación en el Registro único Tributario, nuevo y único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN." En el numeral 3.5 Inscripción en el Registro Único Tributario de personas naturales residentes en el exterior de la Circular citada , la DIAN instruye, paso a paso, cómo se debe surtir el procedimiento de diligenciamiento y recepción por parte del contribuyente y del Consulado, respectivamente. |