Autorizacion Salida de Menores de Edad
Por favor solicitar cita previa en el consulado correspondiente, de acuerdo con su sitio de residencia.

Residentes en Victoria, Western Australia, South Australia, Northern Territory y Tasmania. (click aquí)

Residentes en New South Wales, Queensland y Nueva Zelanda. (click aquí)

Nuevo código de la infancia y la adolescencia establece informacion adicional para la salida de menores del pais

El 8 de mayo de 2007 entró en vigencia la Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, que en artículo 110 parágrafo 1 dice textualmente:

Cuando un niño, una niña o un adolescente vaya a salir del país con uno de los padres o con una persona distinta a los representantes legales deberá obtener previamente el permiso de aquel con el que no viajare o el de aquellos debidamente autenticado ante notario o autoridad consular. La Ley exige además esta nueva información: DICHO PERMISO DEBER CONTENER EL LUGAR DE DESTINO, EL PROPOSITO DEL VIAJE Y LA FECHA DE SALIDA E INGRESO DE NUEVO AL PAIS.

Requisitos:

  • Diligenciar completamente el Modelo de Autorización de salida de menores, dirigido al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), con su firma autenticada en el Consulado correspondiente y con su huella tomada en estas oficinas.
  • Original y copia Cédula de ciudadanía (para los ciudadanos colombianos)o pasaporte ó Licencia de conducir para los ciudadanos extranjeros (original y copia).

Nota:

  1. Una vez obtenga el documento debidamente autenticado, éste debe ser entregado directamente por usted a la persona responsable del menor que sale de Colombia, para presentarla ante las autoridades de emigración del DAS del aeropuerto por el cual van a salir de Colombia. El DAS le exigirá la presentación de un registro civil de nacimiento original y reciente.
  2. Recuerde que el permiso de salida de menor tiene una vigencia de dos (2) meses contados a partir de la fecha en la que se hace el reconocimiento de firma en el Consulado - El DAS no permite enmendaduras -.

Costo:

La autenticación de la firma tiene un costo de

Consignar en la cuenta del Consulado respectivo y presentar el comprobante original de la consignación (no se aceptan fotocopias).